25 abril, 2021

El Regulador, el gran ausente del ferrocarril español


El ferrocarril español carece de un órgano regulador. A lo largo de todos los años que van desde 1987 hasta hoy se han ido produciendo paulatinamente los cambios tendentes a la liberalización del mundo del tren, pero en un sector que pasa de ser un monopolio estatal a un sector parcialmente liberalizado, se echa de menos la figura de un regulador independiente.



De aquella RENFE (Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles), nacida en 1941 se ha pasado de una empresa fuertemente centralizada a una RENFE compuesta  por Unidades de Negocio; de una estrecha convivencia de las operaciones con la gestión de la infraestructura, se ha pasado a una diferenciación en dos entes separados, RENDE el operador y ADIF el Administrador de la infraestructura; de las Unidades de Negocio a una filialización de las distintas actividades: los servicios comerciales de viajeros de LD, las mercancías, la enajenación del material, los servicios de Cercanías y Media Distancia, sujetos a  obligación de servicio público OSP, tuteladas todas ellas desde una RENFE corporativa que toma forma en un ente público estatal.

Es importante dejar claro que una cosa es el ya mencionado Administrador de la Infraestructura (ADIF) y otra lo que sería, de existir, un Regulador ferroviario y que ambos, por supuesto, deben ser absolutamente independientes de los operadores ferroviarios, e independientes entre si. La dependencia del Administrador del Estado está clara, ya que la titularidad  -léase el propietario-  de la red es éste.

El Regulador ferroviario, por el contrario, no sólo debe ser independiente del Administrador sino también del Estado a la hora de tomar sus decisiones, libertad que debería completarse con una cierta autonomía financiera que se nutriese de fondos provenientes de los operadores  -al igual que hace el Administrador que se financia en parte con los cánones que pagan los operadores- junto con dotaciones públicas para poder cumplir las funciones que le sean encomendadas. Por supuesto, el Regulador debría estar los más lejos posible del Ministerio de Transporte.

La siguiente cuestión es ¿para qué un Regulador ferroviario? 

Siguiendo las enumeradas ya hace años por el profesor Ramos Melero, entre los cometidos del Regulador estarían:

  • la concesión de licencias de operador, ahora expedidas por la Agencia de Seguridad Ferroviaria; 
  • la aprobación de los acuerdos y precios de acceso a los activos ferroviarios, en especial a la infraestructura, ahora fijados gubernamentalmente en los PGE y que se prevé pasen a ser fijados por ADIF; 
  • el fomento del uso eficiente de la red y de los ferrocarriles, ahora bajo la discrecionalidad de ADIF; 
  • el evitar prácticas competitivas y el abuso del poder de monopolio, función no adscrita actualmente a ningún órgano concreto, salvo las resoluciones de la CNMC; 
  • la aprobación de los cierres de líneas, ahora a propuesta de ADIF, sancionadas por el gobierno en acuerdo de ministros; y, por último, 
  • la resolución de las diferencias entre operadores y entre éstos y el Administrador. Las primeras dirimidas por ADIF y las segundas por ningún organismo o estamento;

 La seguridad, ahora en manos de la Agencia de Seguridad ferroviaria, teóricamente independiente, debería ser una competencia clara del Regulador e independiente de cualquier otro organismo.

¿Por qué España no tiene todavía un Regulador ferroviario?

Pues. sencillamente porque resulta, como cualquier otro regulador, incómodo tanto a la Administración, como al Administrador, como a los operadores, es decir a todos los agentes implicados. Incómodo a la Administración por tener un vigilante de sus posibles tentaciones monopolísticas o abusivas, al administrador porque lo desviste de competencias que en la actualidad detenta ADIF y a los operadores porque les supervisa posibles prácticas contra la competencia, así como los hipotéticos prácticas abusivas, al alza o a la baja, en la fijación de los  precios.

¿De quién debería depender el Regulador ferroviario?

De nadie. Ya hemos dicho que debe ser un organismo independiente de todos los agentes a regular, como de las administraciones públicas. Su estatus debería ser semejante al que tienen el CNI, la CNMV o la CNMC y en nuestra humilde opinión, mejor del Parlamento o Cortes Generales, mediante el seguimiento de la correspondiente comisión. Su Consejo u órgano máximo de responsabilidad y/o de dirección debería integrar en su seno a representantes de los operadores, del Administrador ferroviario, del Ministerio de Transportes, así como profesionales y expertos independientes y de reconocida experiencia en el ferrocarril, profesores, junto con un comité de representación de los usuarios, etc.

Corolario

Poca o casi ninguna confianza tenemos, no ya en que estas líneas sean leídas y oídas por quién o quiénes tienen poder y competencias para crear un Regulador ferroviario, sino que algún partido político se haga eco y plantee esta cuestión, al menos para ser debatida en sede parlamentaria.

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