10 julio, 2016

Bases para una comisión independiente de investigación de accidentes.


El informe ERA ha dejado  claro que la investigación de la CIAF no ha sido independiente, entre otras razones, porque la composición de la CIAF no garantiza la independencia de sus actuaciones y sus miembros actúan como jueces y parte al mismo tiempo, al pertenecer su mayor parte a las empresas y organismos investigados.

Otra Comisión independiente es posible y necesaria

Así pues la actual CIAF y su matriz o heredera, no se sabe bien, la AESF, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, no puede ser la nueva comisión que vuelva a investigar imparcialmente el accidente ferroviario de Angrois.

Existen opiniones de que ello no es posible, ya que por ser el ferrocarril en España un quasi-monopolio, los expertos en las distintas áreas de las infraestructural y la operativa ferroviarias son todos, o lo han sido, empleados de Renfe, Adif, Fomento o de cualquiera de las pocas ferroviarias privadas existentes.

Evidentemente, no estamos de acuerdo con el argumento anterior porque existen otras alternativas y, porque aunque así fuese, habría que inventar otras soluciones. Lo que no puede ser es que una comisión de investigación donde ha habido pérdidas de vidas humanas, no sea independiente.

La falacia que repite el señor Rallo, presidente de la CIAF

Tras conocerse el informe ERA, el presidente de la CIAF ha vuelto a repetir la misma falacia que cuando se produjeron las críticas al hacerse público el informe oficial de la CIAF. Dijo, y vuelve a repetir ahora, el señor Rallo, jubilado de Renfe y Adif que ha ocupado en su momento importantes y destacados puestos en la operadora y la administradora, que el fin de la investigación oficial no es buscar culpas ni culpables del accidente.

Vamos a ver señor Rallo:

Una comisión de investigación, de lo que sea, debe poner de manifiesto las circunstancias, causas y posibles efectos al sistema ferroviario de lo ocurrido en un accidente y proponer las medidas apropiadas para que ese evento no pueda volver a producirse.

Decir que en el accidente de Angrois todo se reduce a que el maquinista tuvo un despiste por el que entró en una curva a 197 km/h cuando debiera haberlo hecho a no más de 80, inducido por una conversación telefónica previa, es una inocentada, en el sentido literal y evangélico.

Usted y la Comisión debieron, no señalar culpables que nadie se lo ha exigido, que para eso están los jueces, sino para explicar los porqués se produjeron, o dejaron de producir determinadas circunstancias, carencias, decisiones, etc y no liquidar el accidente con algo que ya sabíamos todos los españoles y que es una absoluta obviedad.

Como dice la ERA: ni la comisión fue independiente, ni los comisionados investigaron cuestiones clave para conocer la verdad de los hechos.

10 Bases para una comisión independiente:

Con el fin de la reivindicación de una nueva investigación del accidente de Angrois y dado que tanto la CIAF como la AESF quedan descartadas por su dependencia de Fomento, FTF propone 10 criterios para la conformación de una nueva comisión de investigación de accidentes ferroviarios y de cualquier otro modo, que sirvan de base de debate y discusión al respecto,

  1. No pertenecer ni estar adscrita a ningún órgano gubernamental, empresa pública, organismo autónomo, autonomía o entidad local.
  2. Podría depender orgánica, funcional y económicamente de la Oficina del Defensor del Pueblo, adscrita a un nuevo órgano del que dependan las distintas comisiones de investigación de accidentes (aéreos, rodados, ferroviarios, marítimos, etc)
  3. No podrá ser presidente ni miembro de las comisiones los empleados en activo de las empresas, corporaciones o administraciones relacionadas con el sector del accidente. 
  4. En caso de ser necesaria su incorporación por no existir especialista sustituto, estos profesionales deberán estar desvinculados de la actividad de que se trate en plazo superior a cinco años.
  5. Podrán ser miembros los especialistas del sector docente: catedráticos, profesores titulares, etc 
  6. Los miembros de los Colegios profesionales afines a la actividad de que se trate y 
  7. Los miembros de instituciones de investigación
  8. Aun sin pertenecer al ámbito directo de investigación podrán formar parte reconocidos profesionales de áreas concretas (energía, telecomunicaciones, seguridad, navegación aérea o naval, etc
  9. Las comisiones deberán incorporar, al menos, dos especialistas internacionales  del área que se trate, elegidos de una lista elaborada por la UE para cada una de las distintas agencias.
  10. Deberán formar parte de las respectivas comisiones al menos tres representantes de las Asociaciones de Víctimas o familiares de alguna de las personas siniestradas.
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NOTA: Las Bases enumeradas están abiertas, a través de los comentarios, a las propuestas de los lectores para su ampliación, modificación, crítica, etc

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