01 enero, 2015

Taxi vs Uber: Un auto judicial desproporcionado y parcial



De siempre hemos entendido que las sentencias se acatan aunque no se compartan. Mejor dicho: se “deben” acatar. Los autos, no. Son discutibles y se puede, o no, estar de acuerdo con lo que en ellos dictan los magistrados y decirlo abiertamente, porque no son cosa juzgada. En este foro ya nos hemos pronunciado sobre el conflicto Taxi vs Uber no hace mucho tiempo y entre otras opiniones esto es lo que decíamos a finales de octubre pasado sobre el contencioso que los taxistas españoles tienen con Uber:

El contencioso taxistas vs Uber

“Lo que no es admisible es argumentar que como el taxi tiene que pagar licencia, permisos, etc, exigir que todo aquel que quiera mover un coche tenga que pasar por las mismas regulaciones. Que pongan fin a esa vergüenza de las licencias y que protesten a los ayuntamientos y estado que no les frían a normas, impuestos y tasas especiales, a todas luces, abusivas.
Si el sistema Uber paga o deja de pagar más o menos impuestos, tasas, etc a las administraciones es una cuestión entre Uber y éstas. Que los taxistas negocien con las administraciones lo que tengan que negociar, y punto.
El taxi podría ser un buen servicio si se adaptase a los nuevos tiempos con nuevas prestaciones del estilo de las de Uber y si se despojase de tanta hojarasca histórica reglamentista, que en los aspectos de cara al cliente sigue con prestaciones de inicios del siglo pasado.
Los taxis, como el resto de actividades, tiene derecho a seguir existiendo, pero no a costa de mantener unos privilegios, al tiempo de unas ataduras, impropias de los tiempos que corren.”

Unas medidas “cautelarísimas”, desproporcionadas e injustificables

Pues, tal y como ha hecho público la agencia Europa Press: “El Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Madrid ha ordenado mediante un auto de fecha 9/12/2014 el cierre  "con carácter inmediato" de la página web de Uber, compañía que pone en contacto de forma 'online' a usuarios y conductores de esta empresa para desplazamientos en carretera, informaron a Europa Press en fuentes jurídicas.    Asimismo, ordena la suspensión de la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones y/o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con esta compañía.”

Lo que dice la Ley respecto de la urgencia en las medidas adoptadas

1. Previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto, la medida cautelar podrá acordarse únicamente cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso.
2. La medida cautelar podrá denegarse cuando de ésta pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales o de tercero que el Juez o Tribunal ponderará en forma circunstanciada.
Parece que el  juez no ha tenido en cuenta todos los intereses en conflicto, ni tampoco la innecesaria urgencia de adoptar las medidas contenidas en su auto. Sólo parece haber tenido en cuenta los intereses de los taxistas, sin que ello sea óbice para que si Uber incumple alguna legislación española aplicable a su actividad, estas circunstancias se sustancien por las vías administrativas, civiles o penales correspondientes y no por actuaciones que rememoran estados de excepción. Los estados o medidas de excepción, en un estado de Derecho, deben ser las menos.(Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio artº 130)

Sólo después de un juicio cabe adoptar estas medidas extremas

Hago mías las palabras de Enrique Dans en su blog: “No se me ha perdido nada en defender a Uber: tienen muy buenos abogados, mucho dinero para pagarlos, y se defienden muy bien ellos solos. En cambio, como ciudadano español, mucho más que ver a Uber ofreciendo sus servicios, me preocupa que se puedan imponer medidas extremas sin que exista una justificación clarísima y evidente (un peligro muy claro para los usuarios o unas pérdidas económicas desmesuradas, circunstancias que obviamente no concurren en este caso).
Y me preocupa mucho más que mi proveedor de acceso a internet ejecute bloqueos con esa premura y me prive de mi libertad de acceder a la página web que me dé la gana.
Uber será ilegal cuando un juez lo diga, no mediante unas muy difícilmente justificables medidas cautelarísimas, sino mediante un veredicto, y cuando se haya apelado este hasta las instancias que se estimen oportunas. En una democracia supuestamente consolidada, ese tipo de inseguridades jurídicas no deberían de existir.” Más claro, y mejor dicho, imposible.

El lobby del taxi gana una batalla pero tiene perdida la guerra

Dejando aparte cuestiones legales que los tribunales habrán de dilucidar en su momento, ajustándose en todo momento a las reglas del Derecho, la realidad es que el monopolio del taxi con sus restricciones de acceso existentes, como las célebres y demenciales licencias, tiene la exclusividad contada, sea compitiendo con Uber o con veinte operadores más.
Lo que pretenden los taxistas es ponerle puertas al campo y seguir siendo los únicos que puedan desarrollar una actividad que no debe ser regulada, lo mismo que no está regulada la venta de lavadoras.
Repetimos, un auto no es una sentencia y una sentencia puede ser recurrida y, a largo plazo, lo que los usuarios queremos es buena calidad y buenos precios. Buena calidad-precio. El taxi está a bastantes años luz de ello y, tarde o temprano, se impondrá la liberalización del sector.
Lo que hoy tenemos es un servicio del siglo pasado en que todavía hay que levantar la mano en la calle o llamar por teléfono a una centralita, o viajar sin aire acondicionado en verano en el 99% de los taxis, o pagar unos precios regulados e intervenidos a pachas entre la administración y el gremio del taxi. Así, no.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Creo que pagar una licencia de taxista no es como colegiarse en un gremio profesional. El que tiene un bar vende alcohol y paga impuestos, pero también lo venden en el supermercado, que también paga impuestos y sale más barato. No estoy a favor de los privilegios de los taxistas, el código de la circulación le deben respetar igual que los demás conductores y no ir de reyes del asfalto. El servicio de autobuses urbanos e interurbanos también perjudica mucho al servicio de taxis. También pueden prohibir el uso del coche particular determinados días, o a determinadas horas, o a determinados sitios, para favorecer el uso exclusivo de taxis. No estoy de acuerdo.

Anónimo dijo...

Un país que coarta la libertad de sus ciudadanos, está imponiendo una dictadura. Hay quien critica al régimen y mandatarios de Cuba, de Venezuela... de Bielorrusia, China, Corea del Norte, Vietnam, Yemen, Myanmar, Swazilandia, Somalía, Zimbabwe...sin darse cuenta que aquí se impone una limitación de las libertades, sean economías, ideológicas, sexuales... se permite el matrimonio homosexual, pero se impide Uber, por ejemplo, sin criticar ya las dictaduras de las grandes multinacionales. ¿Cuánto nos separa una de estas dictaduras? Hay gente que se exilia, si puede.

Anónimo dijo...

Quien dice que la venta de lavadoras no esta regulada?
A caso no se paga un impuesto de actividades? Una cuota de autonomos? No hay que declarar el IVA?

Los taxistas no somos el demonio sobre ruedas. Solo pedimos que el que quiera trabajar en este sector lo haga con las mismas reglas que nosotros.

farruci dijo...

ummm