24 enero, 2020

El Mº de Transportes y ADIF, suspenso en planificación

Lo dice el Tribunal de Cuentas en su "Informe de fiscalización de los expedientes de suspensión de contratos que han afectado a las líneas férreas de alta velocidad durante los ejercicios 2014 a 2017".

Este Informe, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas, recoge los resultados de la fiscalización, configurada como de cumplimiento y operativa, relativa a los expedientes de suspensión de contratos de las líneas de alta velocidad en construcción.

Durante el periodo fiscalizado, fueron objeto de suspensión 113 expedientes, con un importe de adjudicación de 3.439 millones de euros, un 12,5% sobre los 907 expedientes vigentes en las líneas suspendidas. El número de líneas de alta velocidad en construcción ascendía a 17; de ellas, 14 se vieron afectadas por algún expediente de suspensión (82,3 % respecto al total).

Del total de los expedientes, el Tribunal ha fiscalizado un 55,9%. En concreto se han analizado 64 expedientes de contratos afectados por suspensiones, por importe de adjudicación de 1.921 millones de euros.

El Plan de Empresa ADIF-AV 2013-2016, que recoge los elementos básicos para el desarrollo económico y de la actividad de la empresa, aunque fue presentado al Comité de Dirección, no se sometió a la aprobación del Consejo de Administración, como órgano encargado de la superior dirección de la administración y gestión de la Entidad. Por otra parte, al carecer de indicadores sobre seguimiento y evaluación, no era posible medir la implantación y eficacia del citado Plan.

La Ley del Sector Ferroviario SF/2015 encomienda al Ministerio de Fomento la planificación de las infraestructuras integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General. Sin embargo, no se ha suscrito entre ADIF-AV y el Ministerio un Contrato Programa, que sería el documento que garantizaría la financiación de sus inversiones y la ejecución prevista para cada ejercicio; ni consta la planificación de las infraestructuras integrantes de la Red de conformidad con la citada Ley.

En el periodo fiscalizado, de 2014 a 2017, las aportaciones recibidas del Ministerio de Fomento ascendieron a 659 millones de euros, lo que representaba el 56,3% de las consignadas en los PGEEn los ejercicios 2014 y 2016 no se recibió cantidad alguna; en concreto, en 2014 no se consignó importe para este concepto en los PGE y en 2016 el importe previsto ascendió a 500 millones de euros pero no llegó a desembolsarse por la necesidad de limitar las actuaciones que pudieran tener impacto en el déficit público para cumplir con los compromisos de consolidación fiscal del Estado.

De los 64 contratos fiscalizados, en 21 de ellos se interpusieron reclamaciones por daños y perjuicios ocasionados durante su ejecución, por importe de 163 millones de euros; y otros 19 las reclamaciones estuvieron relacionadas con algunas de las causas que motivaron la tramitación de una suspensión, por un importe total de 127 millones, de los cuales la Entidad abonó 12 millones.

La línea de AV Madrid-Galicia (Olmedo-Lubián-Orense), paradigma del caos planificador

La inversión prevista para la línea de alta velocidad Madrid-Galicia es de 4.166.262 miles de
euros, según los cuadros de financiación de octubre de 2018 facilitados por la Entidad. Los
trabajos comenzaron en 2009 y se contemplan actuaciones hasta 2025, con independencia de la fecha prevista de entrada en explotación por tramos. En los ejercicios 2014 a 2017 el importe ejecutado ascendió a 1.556.066 miles, lo que representó un 49,2 % del importe estimado recogido en los programas de ejecución plurianual por importe de 3.161.109 miles de euros.

En el periodo fiscalizado dieciocho expedientes de los ciento veintisiete vigentes fueron objeto de alguna suspensión, por un importe de adjudicación total de 1.075.635.005,41 euros, lo que representó un 14,2 % de los contratos en ejecución. De ellos se ha examinado once expedientes, por un importe de adjudicación de 630.988.765,32 euros, lo que representa un 58,7 %, sobre citado importe.

Con la excepción del expediente nº 22, que tuvo por objeto la ejecución de obras complementarias para la construcción de la plataforma en el tramo Vilariño-Campobecerros (vía izquierda), que se adjudicó mediante procedimiento negociado sin publicidad, y el expediente nº 23, que lo fue por diálogo competitivo, el resto de los expedientes examinados se adjudicaron por procedimiento abierto con criterios múltiples, sus bajas oscilaron entre el 11,5 % y el 61,2 %.

En relación con los expedientes examinados, además de las suspensiones de las que fueron objeto, cabe realizar respecto del expediente nº 22 la siguiente consideración por afectar a un aspecto significativo de la actividad contractual: la utilización indebida de la figura del contrato complementario.

En los expedientes examinados la suspensión estuvo motivada fundamentalmente por la necesidad de incluir modificaciones en el objeto de los contratos, por retraso en el comienzo de los trabajos y por el retraso en la ejecución de otros contratos vinculados.

El suspenso: el rapapolvo del Tribunal de Cuentas

  • Que el Ministerio de Fomento adopte las medidas a su alcance para disponer, a la mayor brevedad posible, de un Contrato Programa con ADIF-AV que permita garantizar la financiación de sus inversiones en infraestructuras ferroviarias de alta velocidad y, con ello, favorecer una planificación más realista de aquella. 
  • Que ADIF-AV planifique las actuaciones preparatorias de los contratos, redacción de proyecto, así como especificaciones técnicas de una forma metódica y organizada que permita una ejecución de los trabajos en menos tiempo y con menos incidencias. También recomienda que incluya en las modificaciones de los proyectos iniciales las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa o causas objetivas que las originaron, respetando que no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación; y que propicie, mediante estudios o análisis, que los distintos hitos necesarios para la construcción de una línea de alta velocidad hasta su puesta en funcionamiento se ejecuten de forma concatenada, concertando medios y esfuerzos, al objeto de evitar paralizaciones innecesarias de los trabajos. 
  • Que ambos implanten un procedimiento que garantice la coordinación entre las distintas administraciones intervinientes en la redacción de proyectos básicos y de construcción de las infraestructuras.
Y no dimite ni es destituido nadie y tampoco a nadie se le cae la cara de vergüenza.
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(con información del Tribunal de Cuentas)

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