tag:blogger.com,1999:blog-18392910.post235493243152545574..comments2023-11-12T01:38:30.585+01:00Comments on ftf, foro del transporte y el ferrocarril: A 6 meses del accidente: 12 preguntas que deben ser contestadasFTFhttp://www.blogger.com/profile/17060334091410029146noreply@blogger.comBlogger8125tag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-88475522248418136452014-02-12T19:38:39.206+01:002014-02-12T19:38:39.206+01:00Adjunto te remito parte del RSFFCC donde queda rec...Adjunto te remito parte del RSFFCC donde queda recogido que en el ejercicio de sus funciones el personal de Inspección de ADIF, tiene la consideración de "agente de la autoridad". y de nuevo le reitero que los datos de la caja negra están protegidos a la manipulación mediante el encriptado de sus ficheros. Que un Inspector de ADIF intentara efectuar la extracción de los datos, fuera de León o de Madrid, no inhabilita la información extraída, pues la manipulación de la información no es posible. "Manual General de Registradores de Velocidad" F. Martin Septiembre 2013<br /><br />Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario<br /><br />CAPITULO VI<br /><br />La investigación de accidentes ferroviarios<br /><br />Artículo 111. Competencias en materia de investigación de accidentes ferroviarios.<br /><br />1. La Dirección General de Ferrocarriles o, en su caso, el ente u órgano administrativo habilitado llevará a cabo la investigación de accidentes ferroviarios graves y, cuando lo considere procedente, la investigación de los demás accidentes ferroviarios.<br /><br />Se entiende por accidente un suceso repentino, no deseado ni intencionado, o una cadena de sucesos de ese tipo, de consecuencias perjudiciales. A los efectos de este Reglamento, los accidentes ferroviarios pueden producirse por colisiones, descarrilamientos, arrollamientos en pasos a nivel, incendios u otros sucesos de naturaleza similar.<br /><br />Se entiende por accidente grave aquél en el que haya víctimas mortales o más de cuatro heridos graves, o en el que se ocasionen daños al material rodante, a la infraestructura ferroviaria o al medio ambiente, por valor superior a dos millones de euros.<br /><br />2. Sin perjuicio de lo anterior, el administrador de infraestructuras ferroviarias investigará todos los accidentes ferroviarios que se produzcan en la Red Ferroviaria de Interés General, realizando esta investigación sin interferir la llevada a cabo, en su caso, por la Dirección General de Ferrocarriles o por el ente u órgano administrativo habilitado, y prestará toda la colaboración que le sea requerida.<br /><br />3. Las empresas ferroviarias deberán llevar a cabo también una investigación interna de todos los accidentes ferroviarios en los que se hubieran visto implicadas. Esta investigación no interferirá la llevada a cabo, en su caso, por la Dirección General de Ferrocarriles o por el ente u órgano administrativo habilitado, a la cual habrán de prestar toda la colaboración que le sea requerida.<br /><br />Artículo 118. Las funciones de policía y de inspección en las infraestructuras ferroviarias.<br /><br />1. Corresponde al administrador de infraestructuras ferroviarias el ejercicio de la potestad de policía en relación con la circulación ferroviaria y el uso y defensa de la infraestructura, con la finalidad de garantizar la seguridad en el tráfico ferroviario y la conservación de las infraestructuras e instalaciones ferroviarias necesarias para su explotación. Le corresponde, igualmente, el control del cumplimiento de las obligaciones que tiendan a evitar toda clase de daño, deterioro de las vías, riesgo o peligro para las personas y de las limitaciones impuestas en relación con los terrenos inmediatos al ferrocarril, de conformidad con lo establecido en la Ley del Sector Ferroviario y en este Reglamento.<br /><br />Artículo 127. Consideración del personal de inspección.<br /><br />1. Los funcionarios de la Inspección de la Dirección General de Ferrocarriles y el personal del administrador de infraestructuras ferroviarias que haya sido nombrado y formalmente acreditado tendrán, en el ejercicio de las actuaciones inspectoras, la consideración de agente de la autoridad.<br />Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-91760786019621595842014-02-04T21:50:55.884+01:002014-02-04T21:50:55.884+01:00Para Anónimo de las 20:54
Muy interesante su acla...Para Anónimo de las 20:54<br /><br />Muy interesante su aclaración, que agradecemos. Pero, no obstante, insistimos en que en la investigación de un accidente ferroviario la caja negra del vehículo recoge aspectos de comportamiento del vehículo. Por tanto, no pinta nada el organismo que administra la infraestructura. Si Adif tuviese cajas negras para ... lo que sea, pues bien que tuviese interés en leerla o recogerla.<br />La cinta Teloc, en el caso que nos ocupa claro que se leyó en sede judicial, pero se intentó "in situ" y no se pudo por falta de batería, tensión, o lo que fuese. El RGC puede decir misa con maitines (en 2004 no se habían separado la operación y la infraestructura) pero Adif no pinta nada, salvo a posteriori para ser informado, en una caja negra de un tren.FTF, Foro del Transporte y el Ferrocarrilnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-66225728676034309352014-02-04T20:54:19.153+01:002014-02-04T20:54:19.153+01:00Pregunta 12.
Las personas, actualmente casi toda...Pregunta 12. <br /><br />Las personas, actualmente casi todas las personas, hablamos, sin tener muy claro las cosas que decimos, simplemente por el hecho de indignación o de oprobio, ante la falta de la asunción de responsabilidad por parte de aquellos que se supone detentaban la máxima responsabilidad y o no se enteraron (por necios) o mintieron (por sinvergüenzas).<br /><br />Ya desde el año 2004 que se publica el Reglamento del Sector Ferroviario, obligaba a la administración a publicar en el periodo máximo de un año de un Reglamento General de Circulación Ferroviaria, han oído bien 2004.<br /> No obstante, el Capitulo VI Investigación de Accidentes Ferroviarios, faculta a ADIF para efectuar la investigación por delegación de la DGF dependiente del MF, y podrá delegar sus funciones en la EEFF. <br /><br />En este caso, la extracción y lectura de la información se realizó en sede judicial.<br /><br />Reseñar que los ficheros grabados en "la caja negra" TELOC 2500, permanecen encriptados, y precisan de software específico tanto para su extracción, como para su análisis. <br /><br />Por tanto miente o es un mal-intencionado, quien ponga en entre dicho la actuación de los responsables de ADIF, dado que como he comentado anteriormente, la extracción de la información se realizó en sede judicial, y la integridad de la información está garantizada por el equipo como por el software específico de la empresa Haslerail. <br /><br /> Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-87143441393063193862014-01-31T00:38:38.203+01:002014-01-31T00:38:38.203+01:00le importan a alguien los muertos? le importan a a...le importan a alguien los muertos? le importan a alguien los vivos?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-78230007431967563012014-01-29T20:57:47.057+01:002014-01-29T20:57:47.057+01:00los del ministerio de fomento que lean esto, no ha...los del ministerio de fomento que lean esto, no hacen ni puto caso. Si se le pudiesen pedir responsabilidades a los políticos, la situación sería muy otra. Que los accidentes como este ocurren por una concatenación de avatares y el más visible es el maquinista, que pudo perder también la vida. En estos días también ha saltado a los Medios el accidente de una unidad de Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana, en la red de Metrovalencia, en Valencia en 2006, causando la muerte a 43 personas e hiriendo a 47. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-14075738169578056532014-01-29T02:41:19.411+01:002014-01-29T02:41:19.411+01:00La pregunta 3 sobra totalmente. El sistema ASFA si...La pregunta 3 sobra totalmente. El sistema ASFA si está instalado en esa Linea, el ASFA Digital es simplemente un software instalado en el vehiculo como complemento al sistema ASFA que implementa la seguridad añadiendo avisos visuales y acusticos y alarmas relacionadas con la señalizacion y que ademas realiza supervisiones de velocidad relacionadas tambien con el aspecto de las señales pero no por infraestructura. Y los Alvias S730 si tienen ASFA Digital instalado.Maquinista de la verdadnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-55002257516456048602014-01-28T22:43:58.939+01:002014-01-28T22:43:58.939+01:00Si el accidente se hubiese producido en una empres...Si el accidente se hubiese producido en una empresa privada, seguro que le caía todo el peso de la ley. <br />Esta empresa es del gobierno y los jueces también. El gobierno no aplica todo el peso de la Ley con casos como... por qué lo va a hacer en este caso. Si creéis que por haber votado habéis elegido gobierno... nos mean encima y nos dicen que llueve. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-18392910.post-75074013061634860752014-01-28T18:28:57.412+01:002014-01-28T18:28:57.412+01:00El sistema ERTMS juega un papel fundamental en est...El sistema ERTMS juega un papel fundamental en este accidente. Es un sistema diseñado, instalado y configurado para reducir la probabilidad de accidente por fallo humano, que siempre puede aparecer. <br />El hecho de que durante meses el ERTMS no se pusiera en marcha fue incrementando la probabilidad de accidente hasta que el 24 de julio de 2013 se materializó. <br />Sin embargo, por ahora los tiros del juez se centran exclusivamente en la ausencia de ERTMS en el lugar del accidente dejando de lado que el tren siniestrado disponía de equipamiento ERTMS que iba apagado por orden de la dirección (o la cúpula, como dicen algunos). Es decir, el juez no quiere saber nada de la pregunta número 4 del FTF.<br />Y es que esta pregunta es fundamental pues, aunque no había ERTMS en el lugar exacto del accidente, 4 kilómetros antes sí lo había. Y es en ese punto de transición donde el maquinista había recibido una advertencia visual y sonora. Además, de estar correctamente configurada la transición, el tren debería haber hecho automáticamente una reducción de velocidad hasta 160 km/h.<br />Es totalmente exigible la responsibilidad profesional al directivo o directivos que permitieron que este tren circulara durante meses con el ERTMS apagado, incrementando temerariamente la probabilidad de aparición de un accidente.Anonymousnoreply@blogger.com