05 abril, 2019

Los cánones de ADIF: altos, o bajos nosotros siempre pagamos los déficits, sean del Gestor o la Operadora

"La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha acordado incoar expedientes sancionadores a las Entidades Públicas Empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y a ADIF Alta Velocidad.


El motivo es un posible incumplimiento de la Resolución de 27 de septiembre de 2018 sobre la propuesta de cánones ambas empresas para 2019 (SNC/DTSP/041/19 y SNC/DTSP/042/19).

Los cánones por utilización de las líneas ferroviarias son las tarifas que las empresas ferroviarias abonan a los administradores de las infraestructuras (ADIF y ADIF Alta Velocidad) cuando utilizan la red ferroviaria y deben servir para cubrir los costes de esas infraestructuras.

La CNMC tiene que supervisar que los cánones cumplan con lo dispuesto en sus normas reguladoras. De acuerdo con la Ley del Sector Ferroviario, los cánones deben estar orientados a sus costes directos. Además, el Reglamento europeo 2015/909 especifica cómo deben calcularse dichos costes.

En cumplimiento de sus funciones, la CNMC analizó, en la citada Resolución de 27 de septiembre de 2018 la propuesta de cánones de ADIF y ADIF Alta Velocidad 2018 (STP/DTSP/069/18). La principal conclusión fue que no se ajustaba a la regulación vigente. Por ello, redujo los costes que podían recuperarse a través de los cánones ferroviarios en más de 43 millones de euros sobre los cálculos propuestos por los gestores de infraestructuras.

Sin embargo, ADIF y ADIF Alta Velocidad remitieron al Ministerio de Fomento una propuesta omitiendo las modificaciones señaladas por la CNMC, por lo que existen indicios de su incumplimiento. Esta conducta está tipificada como una infracción grave de acuerdo con el artículo 107.Uno.2.2.1 de la Ley del Sector Ferroviario.

Con la propuesta presentada al Ministerio de Fomento, ADIF y ADIF Alta Velocidad habrían recaudado 26,67 millones de euros más de lo que permite la normativa, de acuerdo con sus propias previsiones de tráfico. Esta propuesta estaba incluida en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2019.

Por una infracción grave, la CNMC puede imponer una sanción de 751 hasta 6.300 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.1.b) de la Ley del Sector Ferroviario. Por esta razón, en 2018 la CNMC denunció al Gobierno el régimen sancionador y pidió su actualización para que las multas sean proporcionales y disuasorias. Así se recoge en el informe de julio de 2018 al Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario (IPN/CNMC/014/18), afirmó la cuantía de las sanciones son “insuficientes para  que  la CNMC pueda hacer cumplir sus resoluciones de forma eficaz, contrastando con las cantidades previstas en otros sectores regulados”. (Nota de Prensa de la CNMC)

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